El Comité de Basilea publica el marco revisado de capital para riesgo de mercado

Comunicado de prensa  | 
14 de enero de 2016

El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea publica hoy una revisión de sus requerimientos mínimos de capital para riesgo de mercado, tras la aprobación de su órgano de vigilancia, el Grupo de Gobernadores de Bancos Centrales y Autoridades de Supervisión (GHOS). El marco de riesgo de mercado revisado es un componente clave de la agenda de reforma del Comité de los estándares reguladores internacionales en respuesta a la crisis financiera mundial.

Las graves tensiones de mercado registradas en el periodo 2007-08 pusieron de relieve deficiencias del marco para la capitalización de los riesgos procedentes de las actividades bancarias de negociación. En 2009, el Comité introdujo una serie de revisiones al marco de riesgo de mercado de Basilea II para atajar las deficiencias más acuciantes, al tiempo que inició una profunda revisión de la cartera de negociación para resolver deficiencias estructurales del marco que no quedaron resueltas entonces.

El objetivo del marco de riesgo de mercado revisado es garantizar que el método estándar y el método basado en modelos internos aplicables al riesgo de mercado producen niveles de capitalización creíbles y promueven una aplicación coherente de las normas en las distintas jurisdicciones. Las normas definitivas incorporan las modificaciones contenidas en los dos documentos de consulta publicados en octubre de 2013 y diciembre de 2014, así como en diversos estudios sobre el impacto cuantitativo.

Las principales novedades del marco revisado son:

  • Modificación de la demarcación entre la cartera de negociación y la cartera de inversión. Una delimitación más objetiva ayudará a reducir los incentivos para arbitrar entre las carteras reguladoras de negociación y de inversión, al tiempo que seguirá respetando las prácticas bancarias de gestión de riesgos.

  • Modificación del método basado en modelos internos para el riesgo de mercado. El nuevo enfoque introduce un proceso más riguroso para la aprobación de modelos, permitiendo a los supervisores retirar a mesas de negociación concretas el permiso para utilizar modelos internos. También permite una identificación y capitalización más coherentes de factores de riesgo sustanciales en los bancos, además de restringir los efectos de las coberturas y la diversificación para la reducción del capital.

  • Revisión del método estándar para el riesgo de mercado. El método estándar se ha modificado sustancialmente para aumentar su sensibilidad al riesgo a fin de poder actuar de alternativa creíble y de suelo para el método basado en modelos internos, mientras sigue siendo un estándar apropiado para los bancos que no precisan un tratamiento sofisticado para el riesgo de mercado.

  • Cálculo del riesgo en condiciones de tensión mediante el Expected Shortfall (ES), en vez del Valor en Riesgo (VaR). La utilización del ES ayudará a reflejar de manera más prudente el «riesgo de cola» y mantener así la suficiencia de capital durante periodos de tensión significativa en los mercados financieros.

  • Incorporación del riesgo de iliquidez de mercado. Se incorporan diversos horizontes de liquidez en el método estándar y el método basado en modelos internos para mitigar el riesgo de alteración repentina y profunda de la liquidez en los mercados de activos. Estos horizontes sustituyen al horizonte estático de 10 días asumido en el VaR del marco actual para todos los instrumentos negociados.

El Comité ha analizado el impacto de estas novedades a partir de datos proporcionados por bancos asumiendo que el marco de riesgo de mercado revisado estaba plenamente en vigor a finales de junio de 2015. El marco revisado da como resultado activos ponderados por riesgo (RWA) en concepto de riesgo de mercado por un valor inferior al 10% de los RWA totales, en comparación con aproximadamente el 6% que produce el marco actual. En comparación con el marco actual para el riesgo de mercado, las nuevas normas producirían un aumento mediano de los requerimientos de capital por riesgo de mercado de aproximadamente un 22% (aumento medio ponderado del 40%). Estas estimaciones tienen en cuenta los ajustes de calibrado aprobados por el Comité en diciembre de 2015. 

El marco de riesgo de mercado revisado entrará en vigor el 1 de enero de 2019. Hasta entonces, el Comité continuará vigilando de cerca su impacto sobre el capital con el fin de garantizar la coherencia en el calibrado general del marco de capital de Basilea.